"Clarín y la oposición no se enteraron que la Corte dictó fallo en el que dijo que no es válido suspender una norma con efectos erga omnes?".
Hay que recordar el Artículo 99 Inciso 2 de nuestra Constitución dice claramente que: El Presidente de la Nación tiene las siguientes atribuciones:
"Expide las instrucciones y reglamentos que sean necesarios para la ejecución de las leyes de la Nación, cuidando de no alterar su espíritu con excepciones reglamentarias".
Así que sería muy útil que los legisladores del grupo "A" se ocuparan de no cometer papelones presentando un proyecto de ley contra una atribución constitucional exclusiva del Poder Ejecutivo.
2 comentarios:
Y LA DE LA NEGRA CAMAÑO CUANDO AGREGABA a un proyecto:Esta ley no se puede vetar..Quieren convertir la constitución en listado de excepciones.Asesorados por los constitucionalistas que toman el tren En Constitución..Toda mentira o disparate sirve.Clarín con el título de hoy -quórum para ley sobre salideras,ya es un asesino serial..
es que el manual opositor del derecho pone los intereses particulares por encima de la Constitución Nacional compañero.
Abrazo,
Ikal
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